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jueves, 9 de mayo de 2019

El gobierno mejicano protegerá a las empresas afectadas por la Ley Helms-Burton

  • Las personas afectadas por la aplicación de la dicha ley estadounidense podrán demandar ante tribunales nacionales a quienes los demandaron ante cortes estadounidenses y solicitar como daños y perjuicios la misma cuantía a la que fueron condenados en Estados Unidos





MÉXICO.- México protegerá jurídicamente a las empresas mexicanas que pudieran verse afectadas por la aplicación del tercer título de la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana, conocida como Ley Helms-Burton, la cual establece sanciones económicas para las empresas y sus directivos que realicen inversiones en Cuba en activos reclamados en tribunales de Estados Unidos, anunciaron en un comunicado conjunto las secretarías de Economía (SE) y de Relaciones Exteriores (SRE).

Incluso recordaron que la legislación mexicana permite realizar reclamaciones “espejo”, de tal manera que las personas afectadas por la aplicación de la dicha ley estadounidense podrán demandar ante tribunales nacionales a quienes los demandaron ante cortes estadounidenses y solicitar como daños y perjuicios la misma cuantía a la que fueron condenados en Estados Unidos.


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El gobierno federal, indicaron, ya analiza al igual que hacen otros países, "las instancias legales correspondientes para interponer las acciones por las violaciones al derecho internacional que la Ley Helms-Burton representa, así como para proteger los intereses mexicanos en el exterior".

A pesar de que la Ley Helms-Burton fue aprobada desde 1996, el tercer título entró en vigor apenas el pasado 2 de mayo y permite que cualquier persona, de cualquier nacionalidad, que realice actividades comerciales o financieras en Cuba en torno a una propiedad confiscada a un ciudadano estadounidense sea demandado ante tribunales estadounidenses.

Las secretarías explicaron que "para contrarrestar los efectos extraterritoriales de la Ley Helms-Burton, México cuenta con la Ley que Protege el Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional, en vigor desde octubre de 1996".

Dicha ley estipula la facultad de la SE y SRE de brindar asesoría a las personas afectadas y señala que los tribunales nacionales tienen la obligación de denegar el reconocimiento y ejecución de sentencias o requerimientos judiciales o laudos arbitrales emitidos con base en la Ley Helms-Burton.


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También prohíbe a toda persona física, moral, pública o privada, proporcionar cualquier información requerida por tribunales o autoridades extranjeras con base en la Ley Helms-Burton.

La SRE tiene además la facultad de imponer sanciones pecuniarias contra quienes violen la ley mencionada y con la Secretaría de Economía pueden emitir criterios generales de interpretación de la Ley que Protege el Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional.



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