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miércoles, 22 de julio de 2020

Pablo Fayos deja la presidencia de COSITAL Albacete

/COMUNICAE/

Pablo Fayos deja la presidencia de COSITAL Albacete

Por haber sido nombrado coordinador de Secretarios-Interventores del Servicio ATM (Asistencia Técnica a Municipios)


Pablo Fayos, hasta hace unos días presidente de COSITAL Albacete, ha sido nombrado coordinador de Secretarios-Interventores del Servicio ATM (Asistencia Técnica a Municipios) igualmente en Albacete. Con el fin de evitar situaciones que podrían generar un conflicto de intereses entre el ejercicio de su nuevo cargo, con el que hasta la fecha venía desempeñando en COSITAL Albacete, Fayos presentaba su renuncia a la presidencia del Colegio Provincial.

Al quedarse el puesto vacante, y de conformidad con lo establecido en los estatutos de COSITAL Albacete, el cargo ha pasado a desempeñarlo, con plenas atribuciones, el vicepresidente del Colegio, Fernando Izquierdo Sánchez. “Pido para él, un apoyo incondicional en su labor de dirigir nuestro Colegio y de conducirlo hasta el proceso de renovación de la Junta de Gobierno, previsto para el tercer trimestre de 2020”, señala Fayos.

El ya expresidente, va a seguir vinculado al Colegio, pero desempeñando otro tipo de responsabilidades y apoyando su labor desde otras esferas. “Creo que hemos avanzado un trecho en la gestión en los últimos años, pero que el margen de mejora sigue siendo grande”, señala Fayos en su renuncia, en la que agradece además, el apoyo recibido por compañeros e instituciones durante todo este tiempo.

El presidente de COSITAL CLM, Rafael Santiago, ha querido destacar la labor incansable de Pablo Fayos por “defender a nuestro colectivo, pública y privadamente, y su entusiasmo sin límite en el ejercicio de su labor”, además de desearle lo mejor personal y profesionalmente en su nueva etapa como coordinador de Secretarios-Interventores del Servicio ATM.

Sobre COSITAL
Es un Colectivo de profesionales que trabajan en los Ayuntamientos y demás Corporaciones Locales de España. Su tarea consiste en facilitar que la acción de los Gobiernos Locales se lleve a cabo conforme a la normativa de un Estado de Derecho.

El Ordenamiento jurídico les reserva unas funciones de carácter público obligatorio en dichas administraciones, tales como la fe pública, el asesoramiento legal preceptivo, el control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, la contabilidad, la tesorería y la recaudación. Funciones que se ejercen al servicio de la ciudadanía y bajo la dependencia de los órganos de gobierno de los Entes Locales democráticamente elegidos.

Fuente Comunicae



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