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sábado, 23 de mayo de 2020

La compañía española Iformalia se adapta plenamente a los cambios normativos en materia de formación bonificada y subvencionada




| ROIPRESS | ESPAÑA (EUROPA) - Iformalia (Grupo Innopulse), compañía especializada en software para la gestión de la formación, tanto privada o bonificada/subvencionada, ha anunciado que sus soluciones están totalmente adaptadas a las medidas extraordinarias aprobadas por el gobierno para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, según Resolución publicada recientemente en el BOE.

El sistema iformalia se caracteriza por la automatización de procesos inherentes a la gestión de la formación. Operaciones complejas o repetitivas que no aportan ningún valor son simplificadas con el consiguiente ahorro en costes y tiempo. La sencillez y eliminación de tareas administrativas están presente en todo el ciclo de vida formativo

Iformalia ya se había adelantado hace años a estos cambios, apostando por conceptos como firma digital/biométrica, mobile learning, chatbot, y machine learning. La compañía ofrece APP’s para el alumno o formador que permiten la firma digital de la asistencia o Aulas virtuales para tutorizar y dinamizar la formación online.

Diego Pérez, CEO de Iformalia (Grupo Innopulse) y miembro de uno de los Grupos de Trabajo establecido con Fundae y Grandes Empresas, para la Digitalización de la Formación Profesional, comenta que “en nuestra empresa siempre hemos tratado de ir un paso por delante del mercado y ayudar a nuestros clientes a diferenciarse o buscar la ventaja competitiva. En muchos casos, hemos intentado marcar tendencia a través de la innovación. Nuestra experiencia e inquietudes, no siempre entendidas, nos hacen estar preparados para ser un pilar de apoyo a nuestros clientes en estos tiempos tan convulsos. La tecnología aplicada a los RRHH es y será nuestra pasión diaria”.

Nueva Resolución aprobada por el gobierno

El pasado 14 de marzo con la Declaración del Estado de Alarma se ha producido un hecho sin precedentes en la sociedad española que no es otro que el confinamiento generalizado de la población. El artículo 9 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, recoge una serie de medidas por lo que al aspecto educativo y formativo respecta, siendo una de las decisiones más importantes la suspensión de la actividad educativa. Y, como dentro del concepto actividad educativa queda enmarcada la actividad formativa presencial en el ámbito de la formación profesional para el empleo, se produjo el cese de dicha operativa. Por el contrario, se permite la continuidad de la formación online o telepresencial siempre que sea posible.

Con la nueva situación en España, siendo conscientes de la importancia de la formación para el empleo y viendo que la nueva realidad va a estar con nosotros más tiempo de lo deseado, el Ministerio de Trabajo y Economía Social a través del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ha adoptado una serie de medidas para que el impacto del Covid-19 sea el mínimo posible. Con este objetivo se ha lanzado la Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del Covid-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Líneas directrices de las medidas aprobadas

La resolución pretende que todas las empresas se adapten a la nueva situación. Actualmente, se está evitando cualquier acción in situ, lo cual ha llevado a cancelar las formaciones presenciales y orientarlas a formación online o teleformación. Lo que ocurre es que la formación presencial en las empresas era la base del sistema y la mayoría de las acciones estaban orientadas a esta modalidad. Por tanto, se trata de dar validez a formaciones que no son presenciales pero que se quiere que tengan dicha consideración. Más adelante, cuando pase la crisis, se establecerá un nuevo modelo o marco operativo, pero hasta que llegue esa situación, las empresas tienen que seguir avanzando y operando en algo tan importante como es la formación para el empleo.

Para la redacción de la resolución, La Administración ha tenido muy presente la realidad provocada por el confinamiento. Así, los trabajadores incluidos en ERTEs podrán tener la misma consideración que otros tipos ya beneficiarios de ayudas, dado el ascenso del número de desempleados, se permitirá mayores porcentajes en grupos afectados y mayor flexibilidad en las comunicaciones con Fundae, todo ello motivado por las probables dificultades operativas de las empresas, etc. En general, se ha tenido muy en cuenta las circunstancias actuales y se ha tratado de minimizar su impacto.

Principales cambios incorporados en el Real Decreto

El primer cambio y quizá el más importante es la posibilidad de retomar la formación (detenida actualmente casi por completo en todas las empresas) mediante la habilitación de la formación online en modalidad de aula virtual, con la consideración de formación presencial. Para ello, la impartición del curso ha de ser realizado en lo que se ha denominado “AulaVirtual”. Para tener la consideración de Aula Virtual se han de dar una serie de circunstancias como conectividad sincronizada entre las personas formadoras y el alumnado participante, bidireccionalidad en las comunicaciones, registro de conexiones o facilitar la posible conexión del órgano de control.

La formación dirigida a los Certificados de Profesionalidad también se ha flexibilizado en lo que respecta a su realización. No obstante, se sigue respetando su normativa específica.

De cara a la formación programada en las empresas, habría que destacar 2 áreas de actuación principales. Se amplía tanto el tipo de entidades que pueden impartir esta formación como los destinatarios. Y se flexibilizará la ejecución de las mismas en lo que respecta a plazos de comunicación.

También, se tratará de dar más facilidades de acceso a la formación a las personas desempleadas. De esta manera se permitirá, por ejemplo, el incremento del porcentaje de participación de desempleados en programas de formación o se habilitará para que los colectivos más afectados puedan participar en cualquier programa formativo.

Adaptación de la empresa

La iniciativa propuesta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social era una necesidad imperiosa. Vista desde el punto de la situación tan extraordinaria y la agilidad mostrada siempre por el tejido empresarial español, me atrevo a decir que la adaptación será muy rápida. Son cambios de fácil implantación viéndose los resultados a muy corto plazo. No me cabe la menor duda si digo que en cuestión de días o semanas las empresas, centros de formación y trabajadores estarán perfectamente operativos para la nueva realidad.

Las medidas adoptadas supondrán un paso más hacia la digitalización. Había pequeñas lagunas por cubrir que las nuevas exigencias marcarán como estándares. No nos olvidemos tampoco del impulso que cogerá la formación en modalidad de aula virtual; Hasta la fecha, esta opción no estaba siendo explotada como debía (por lo menos en cuanto a bonificaciones o subvenciones) y ahora se va a convertir en el motor educativo de referencia.

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