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domingo, 15 de marzo de 2015

Condenan a un empresario a 18 meses de prisión por la muerte de un trabajador


España.- El gerente de una empresa acusado por la muerte de un trabajador en un accidente ocurrido en 2010 en las instalaciones de la sociedad, en Pruvia (Llanera), ha asumido su responsabilidad en los hechos y ha aceptado una condena de 1 año y 6 meses de prisión, según informa la Fiscalía del Principado.

Durante la vista celebrada ayer en el Juzgado de lo Penal número uno de Oviedo, el gerente también ha aceptado el pago de una multa de 6 meses a razón de 6 euros diarios (1.080 euros), junto con las correspondientes indemnizaciones a la familia de la víctima.

Según señala la Fiscalía, sobre las 22 horas del 4 de octubre de 2010, M. R. R., de 61 años, trabajador de Prefabricados del Principado S. L., oficial de 1ª, con antigüedad de 12 meses, estaba cerrando el portón de las instalaciones de la empresa, en el polígino de La Belga, en Pruvia (Llanera), cuando se rompieron los puntos de soldadura y el portón continuó la marcha, hasta el descarrilamiento de la guía, aplastándole y causándole la muerte.

Se trataba de una puerta metálica, de 10 metros de largo por 2,50 metros de alto, y de un peso aproximado de 1.000 kilos y en su parte inferior disponía de dos ruedas metálicas, fijadas a la estructura mediante soldadura, para desplazarlo por una carrilera o guía.

El accidente se produjo por fallo, rotura en la soldadura del tope situado al final de la guía, que no pudo impedir, al no cumplir su misión, el descarrilamiento del portón metálico.

La falta de ajuste del tope soldado a la puerta, no cumpliendo su función como tope frente a la columna de hormigón para que la puerta no llegara al final del recorrido y la de revisión y mantenimiento periódico de la puerta metálica y de todos sus elementos, con carencia de un procedimiento de mantenimiento.

La empresa contaba con más trabajadores, los cuales estaban sometidos a la situación de riesgo que generó el accidente.

El acusado era gerente de la empresa y encargado directo de ella y, por lo tanto, el máximo responsable de la adopción de medidas de seguridad, estando obligado a contar con procedimiento de mantenimiento y revisión del portón y a la ejecución y verificación del mismo.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores y de otro por homicidio imprudente, en relación con lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

El acusado aceptó 6 meses de prisión y 6 meses de multa a razón de 6 euros diarios (1.080 euros) por el primero de los delitos y 1 año de prisión por el segundo, junto con el pago de una indemnización de 106.000 euros a la esposa del fallecido, de 8.900 euros a cada uno de sus dos hijos y de 8.900 euros a la madre, más los intereses legales.

De estas cantidades responderá directamente la aseguradora de la empresa y, de forma subsidiaria, Prefabricados del Principado S. L..

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