ESPAÑA.- Se acercan los días de Semana Santa y con ellos los desplazamientos en coche. Es una de las épocas del año en las que se concentran un elevado número de desplazamientos en muy pocos días. Lamentablemente también es una de las épocas en las que repuntan los accidentes de tráfico a todos los niveles y en todo tipo de vías, incluso a nivel de vía urbana. Los accidentes de tráfico conllevan múltiples problemas y enredos jurídicos, tanto para reclamar derechos como para defenderse ante posibles denuncias o demandas. Por eso desde este medio hoy vamos a hacer un repaso por el lado jurídico de los accidentes de tráfico.
Para documentarnos en este repaso
hemos acudido a CB&H abogados, un despacho joven y dinámico situado en
Málaga capital que está especializado en estos temas. CB&H abogados es la
consecuencia de la unión profesional de tres mujeres abogadas con una
acreditada andadura en el mundo del derecho y que saben que en los casos de
accidentes de tráfico lo cuenta no es la palabrería y las falsas promesas, sino
entender al cliente en su situación concreta y personal y ayudarle a solucionar
el problema.
Las víctimas de un accidente de
tráfico siempre pueden tener derecho a indemnización en lo relativo a los daños
personales, salvo que concurra lo que se llama “culpa exclusiva de la víctima”.
En el caso de que se produzca lo que se conoce como “concurrencia de culpas” y
que se refiere a la culpabilidad de ambas o varias partes, sigue existiendo el
derecho de indemnización por daños personales, pero la indemnización se reduce
en proporción a las respectivas culpas. Según nos informan desde CB&H
abogados, “será necesario establecer el
grado de culpa de cada uno, según las circunstancias concretas del caso”.
Por ilustrarlo mejor, si por
ejemplo un vehículo atropella a un peatón que está cruzando por donde no debe o
cuando no debe, corresponderá analizar la velocidad a la que circulaba el
vehículo, tener en cuenta las características de visibilidad del tramo y el
momento, y los técnicos tendrán que establecer en base a ello los tiempos
teóricos de reacción, el punto de colisión, las posibles maniobras esquivas,
etc. para poder determinar el porcentaje de culpabilidad del conductor.
Desde CB&H nos recuerda que
en temas de daños personales se puede reclamar incluso en el caso de que la
otra parte no tenga seguro, o en el caso de que se de a la fuga, ya que para
eso existe el “Consorcio de Compensación de Seguros”. Lo que también debemos tener presente es que
no se puede reclamar todo lo que se nos ocurra, pero que por el contrario sí
que entra dentro de lo ‘reclamable’ los daños personales y/o materiales,
intereses de demora en las indemnizaciones, prestaciones por incapacidad
laboral, etc.
En cualquier caso es muy
importante hacer las reclamaciones en la forma y por la vía adecuada para
lograr el éxito. En estos casos está totalmente desaconsejado el “yo me lo
guiso y yo me lo como” para realizar la reclamación. Despachos especializados
es accidentes de tráfico como CB&H pueden ser la mejor opción y la más
interesante para realizar las reclamaciones, tanto de las que nos consideramos
con derecho como de las que por desconocimiento podríamos dejarnos sin
reclamar.
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